El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0277 del 12 de marzo de 2025, que introduce modificaciones al Decreto 1075 de 2015, ajustando el horario de la jornada escolar, la asignación académica y el cumplimiento de la jornada laboral en los establecimientos educativos estatales.
– Flexibilidad en la definición del horario: El rector o director definirá el horario de la jornada escolar al inicio del año lectivo, respetando las normas vigentes, el PEI y el plan de estudios.
– Intensidades horarias mínimas semanales:
– Preescolar: 20 horas.
– Básica primaria: 25 horas.
– Básica secundaria y media académica: 30 horas.
– Media técnica: 37 horas.
– Prioridad a áreas obligatorias: Al menos el 80% de las horas se destinarán a las áreas obligatorias y fundamentales.
– Distribución del tiempo de atención a los estudiantes:
– Preescolar: 20 horas semanales.
– Básica primaria: 25 horas semanales.
– Básica secundaria y media: 22 horas semanales.
– Flexibilidad para otras especialidades: En instituciones con docentes de aula para especialidades en preescolar y primaria, la carga académica de los demás docentes puede ser menor.
– Jornada de 8 horas: Los docentes deberán cumplir una jornada laboral de ocho horas diarias, seis de las cuales serán de permanencia continua en la institución educativa, dedicadas a la asignación académica y actividades curriculares complementarias.
– Flexibilidad en las dos horas restantes: Estas pueden ser utilizadas para actividades propias del cargo, dentro o fuera del establecimiento educativo, según la planificación institucional.
– Jornada para directivos: Los directivos docentes también tendrán una jornada laboral de ocho horas diarias, distribuidas en las diferentes sedes o plantas físicas a su cargo.
– Descanso de 5 minutos por cada hora: Se introduce el concepto de descanso pedagógico, con una duración de cinco minutos por cada 60 minutos de actividad académica.
– Acuerdo con Fecode: El decreto responde a los acuerdos entre el Gobierno Nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode), firmados el 5 de julio de 2023.
– Vigencia a partir de la publicación: La norma entrará en vigencia a partir de su publicación y aplicará en todos los establecimientos educativos estatales del país.
Estos cambios buscan mejorar las condiciones laborales del magisterio y garantizar la calidad de la educación en Colombia.