El decreto que cocina el Gobierno para contratar directamente impresión de pasaportes

Obliga a las entidades a contratar con la Imprenta. Si esta no puede, contrataría con terceros de manera directa.

En la pagina del Ministerio del Interior, a cargo de Armando Benedetti, lleva colgado durante varias horas un borrador de decreto que está conectado de manera directa con la impresión de pasaportes y cédulas de extranjería.

El articulado -publicado para comentarios, como lo ordena la ley- abre la puerta a una nueva ruta de contratación que sería habilitada ante la crisis por la culminación del contrato con Thomas Greg el 31 de agosto próximo y la negativa del Gobierno a acudir a una urgencia manifiesta por 11 meses más con esa compañía, descalificada por el Presidente.

¿Qué dice el decreto?

Borrador decreto contratación Imprenta Nacional

El borrador establece las condiciones en que las entidades públicas deben contratar con la Imprenta Nacional los servicios relacionados con la emisión de documentos oficiales. Esto incluye la producción, personalización, distribución, impresión, edición, divulgación y comercialización de los mismos.
Incluso, se especifica el tipo de identificaciones que se acogerían a la nueva modalidad de contratación, que incluye pasaportes, cédulas de extranjería, Permisos de Protección Temporal (PPT) y el Permiso Especial de Permanencia – PEP.
Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, las Unidades Administrativas Especiales y los Establecimientos Públicos del orden nacional, además de entidades adscritas y vinculadas a los mismos y Organismos de la Rama Legislativa y Judicial deberán enviar una solicitud contractual a la Imprenta Nacional cuando requieran servicios para sus publicaciones e impresos.
«Estas entidades, deberán enviar la solicitud contractual a la Imprenta Nacional de Colombia con las cotizaciones, plazo y requerimientos técnicos específicos, para que la Imprenta dentro del plazo establecido en el artículo 5º de la Ley 109 de 1994 les informe sobre la posibilidad de prestar el servicio. A partir de esa respuesta, las partes acordarán los detalles especiales del servicio y el costo», se lee en el borrador de decreto.

¿Y el sector privado?

Sede de la Imprenta Nacional.
Si bien el borrador ordena que los solicitantes deberán enviarle a la Imprenta Nacional la solicitud contractual, también establece que en los casos en que la entidad no pueda atender a los requerimientos esta podrá autorizar la contratación del trabajo con terceros.
«Cuando la Imprenta Nacional de Colombia, en los trabajos en los que no pueda atender los requerimientos del solicitante, o éste le acredite previamente a la Imprenta Nacional de Colombia con las respectivas cotizaciones que las condiciones de precio y/o plazo en el sector privado son más favorables, esta lo autorizará para contratar el trabajo con terceros, documento que hará parte integral del proceso de selección«, dice el artículo 3 del borrador.
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