Secretaría de Trasparencia pidió frenar adjudicación y luego envió varias observaciones que no fueron atendidas.
Para hoy, a las 7 de la noche, está prevista la firma del contrato para la adquisición del servicio de desarrollo, soporte y mantenimiento evolutivo y adaptativo de soluciones de software en los sistemas de información del Ministerio de Salud, que asciende a 20.400 millones de pesos.
Se trata del mismo proceso que estuvo varios días paralizado luego de que un medio denunció presuntas maniobras en el proceso de calificación de los proponentes, lo que llevó a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia a pedir el aplazamiento de su adjudicación.

Un medio investigó y estableció que el concurso de méritos le fue entregado el 8 de no
viembre a la Unión Temporal Software Ágil Minsalud 2024, compuesto por las firmas TCI Software SAS BIC, Business Insights Sas, Exsis Digital SAS y DB System SAS. Y según el Secop II y el cronograma, hoy se firma el contrato en las instalaciones del ministerio, en cabeza de Guillermo Alfonso Jaramillo.
La decisión se tomó a pesar de que Andrés Idárraga envió un oficio, fechado el pasado 31 de octubre, haciendo varias observaciones de fondo. Además, uno de los proponentes acaba de interponer una acción de tutela contra la cartera de Salud por supuesta vulneración al debido proceso y la Oficina de Control Interno del ministerio pidió toda la documentación.
Aunque el oficio de Idárraga no ha sido publicado, Este medio tuvo acceso al documento, enviado a Rodolfo Salas, secretario de esa cartera, y a Cristian Galindo, coordinador Grupo de Gestión Contractual.
En un primer punto, en relación a las presuntas restricciones de requisitos para habilitar a los proponentes, al exigirles una certificación IT-Mark que solo unos tenían, el Ministerio de Salud respondió que otras entidades oficiales también las exigían en proceso contractuales.
Al respecto, Idárraga advirtió: «No resulta un argumento de fondo para la Secretaría de Transparencia que, para justificar una posible contravención de una norma legal, el Ministerio de Salud y Protección Social aduzca que otra entidad u órgano de control incurrió previamente en la misma acción, pues el deber de legalidad persiste independientemente de si ha sido vulnerado o no en el pasado por otra entidad. En tal sentido, se sugiere al Ministerio revisar su actuación a la luz de las normas vigentes y no refiriendo una actuación comparada».
El secretario de Transparencia también se refiere a una modificación al proceso a la que no tuvieron acceso varios proponentes por supuestas fallas del Secop.
‘No se publicó información’
Al respecto, Idárraga advirtió: «No resulta un argumento de fondo para la Secretaría de Transparencia que, para justificar una posible contravención de una norma legal, el Ministerio de Salud y Protección Social aduzca que otra entidad u órgano de control incurrió previamente en la misma acción, pues el deber de legalidad persiste independientemente de si ha sido vulnerado o no en el pasado por otra entidad. En tal sentido, se sugiere al Ministerio revisar su actuación a la luz de las normas vigentes y no refiriendo una actuación comparada».
El secretario de Transparencia también se refiere a una modificación al proceso a la que no tuvieron acceso varios proponentes por supuestas fallas del Secop.
‘No se publicó información’
«Si bien es cierto que en el sistema del Secop II se registró una modificación al proceso el 3 de octubre de 2024, ésta no evidencia el cargue de la Adenda No. 6. La circunstancia referida dio lugar a que, el día 7 de octubre de 2024, dos oferentes solicitaran la publicación de la Adenda No. 6 (en virtud que el mensaje antes referido no hace referencia al detalle de la modificación) e incluso la ampliación del cronograma, en los siguientes términos: En las respuestas suministradas los días jueves 03 y viernes 04 de octubre, no se suministraron ni publicaron las modificaciones específicas al pliego de condiciones, ni mucho menos puede evidenciarse en la respuesta otorgada por la entidad, el sentido detallado de la modificación», asegura Idárraga.
Y concluye: «Significa lo anterior que, pese a la cita del Concepto C-383 de 2023 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, y aún de la cita jurisprudencial del Consejo de Estado, lo cierto es que para los interesados y oferentes, en las respuestas suministradas los días jueves 03 y viernes 04 de octubre, no se suministraron ni publicaron las modificaciones específicas al pliego de condiciones, ni mucho menos puede evidenciarse en la respuesta otorgada por la entidad, el sentido detallado de la modificación».
Y si bien Idárraga advierte que el Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de sus competencias, es autónomo para acoger o no las sugerencias realizadas, hace una última advertencia.
«Por la mención expresa que se hizo a la adenda No. 6 en las respuestas a las observaciones, en concordancia con el principio de seguridad jurídica, no le es dado a la administración publicarla el mismo día de cierre del proceso y responder a los oferentes con la postura de que las respuestas en sí mismas contenían la voluntad de la administración, y mucho menos aducir que la adenda fue publicada desde el 3 de octubre de 2024, pretendiendo suplir el texto completo de la adenda con la mención que de ella se hizo en las respuestas», les dice Idárraga.
A eso se unió una acción de tutela interpuesta por las firmas Grow Data SAS y Busines Intelligence Software Assessor Corporation SAS BIC el pasado 8 de noviembre.