Esta es la cifra que debe devolver tras fallo de la Corte Constitucionalfal

El alto tribunal ordenó reintegrar cifra millonaria a los contribuyentes, tras declarar inexequible el paquete tributario asociado.

La decisión de la Corte Constitucional sobre el estado de emergencia económica decretado por el Gobierno nacional no solo dejó sin efectos las medidas excepcionales, sino que también abrió la puerta a la devolución de dineros ya recaudados.

El alto tribunal ordenó reintegrar cerca de $25.000 millones a los contribuyentes, tras declarar inexequible el paquete tributario asociado.

Corte tumba impuestos de la emergencia económica y ordena devolución: esta es la millonaria cifra

Luego de haber tumbado el Decreto 1390 de 2025, con el que se declaró el estado de emergencia económica, la Corte Constitucional adoptó una decisión similar frente al Decreto Legislativo 1474 de 2025, que contenía las medidas tributarias para financiar dicha emergencia.

La decisión fue unánime: ocho magistrados votaron en contra del decreto, mientras que dos presentaron aclaraciones de voto. Con esto, el tribunal dejó sin sustento jurídico los impuestos creados bajo ese marco excepcional.

¿Qué impuestos deben devolverse?

La Corte ordenó que tanto los impuestos directos como indirectos cobrados durante la vigencia del decreto sean devueltos a quienes los pagaron, siempre que puedan demostrarlo.

Entre las medidas que quedaron sin efecto se encontraban:

  • Incremento del IVA del 5% al 19% para licores, vinos y bebidas similares
  • Aumento del impuesto al consumo de alcohol
  • Impuesto a cigarrillos de $11.200 por cajetilla
  • Gravamen a vapeadores de $2.000 por mililitro
  • Impuesto al patrimonio para personas con bienes superiores a $2.094 millones

El Pacto por el Crédito ya lleva 228,12 billones de pesos en desembolsos, a corte de enero. // Archivo - El Universal.

DIAN deberá devolver el dinero en 30 días

El fallo establece que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tendrá un plazo de 30 días para implementar mecanismos que permitan la devolución de los recursos.

Incluso, el alto tribunal dejó abierta la posibilidad de crear un procedimiento especial para agilizar este proceso y garantizar el cumplimiento de la orden.

Beneficios tributarios se mantienen

A pesar de la caída del decreto, la Corte determinó que las personas que accedieron a beneficios tributarios durante la vigencia de la emergencia no perderán esas condiciones.

Esto significa que dichas situaciones jurídicas se mantendrán intactas y no podrán ser modificadas o revertidas.

Impacto fiscal de la decisión

El paquete tributario declarado inexequible buscaba recaudar cerca de $11 billones para cubrir el déficit del Presupuesto General de la Nación. Sin embargo, con esta decisión, el Gobierno pierde esa fuente de financiación y deberá replantear su estrategia fiscal.

La orden de devolver los recursos, aunque menor frente a la meta inicial, representa un nuevo reto administrativo y financiero para el Estado.

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